DECRETO NÚMERO 162 DE 2004 POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 549 DE 2001
ARTÍCULO 1
ARTICULOS QUE APLICAN A LOS PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS : 1, Decreto
162 de 2004 - 3, Decreto 549 de 2001
Modificase
el artículo 3° del Decreto 549 de 2001
Aceptación
de Certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de otros países* o su
equivalente.
APLICACIONES EN EL CAMPO FARMACEUTICO
Los productos fitoterapéuticos que sean importados tienen que tener el certificado de BPM o su equivalente, deberá contener información sobre las áreas de manufactura, los procesos de producción y/o tipo de producto o productos.
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