DECRETO NÚMERO 162 DE 2004

DECRETO NÚMERO 162 DE 2004 POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 549 DE 2001

ARTÍCULO 1

ARTICULOS QUE APLICAN A LOS PRODUCTOS FITOTERAPEUTICOS : 1, Decreto 162 de 2004 3, Decreto 549 de 2001



Modificase el artículo 3° del Decreto 549 de 2001

Aceptación de Certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de otros países* o su equivalente.

* Estados Unidos, Canadá, Alemania, Suiza, Francia, Reino Unido, Dinamarca, Holanda, Suecia, Japón y Noruega, o por quienes hayan suscrito acuerdos de reconocimiento mutuo con estos países.

APLICACIONES EN EL CAMPO FARMACEUTICO

Los productos fitoterapéuticos que sean importados tienen que tener el certificado de BPM o su equivalente, deberá contener información sobre las áreas de manufactura, los procesos de producción y/o tipo de producto o productos.  

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